Justicia, bien con la reforma: los políticos electos ya no pueden ser magistrados

El Consejo de Ministros aprobó la reforma del CSM y del sistema judicial con las normas de parada de puertas giratorias. Hasta donde sabemos, la luz verde fue unánime. La cumbre del Palazzo Chigi finalizó unos diez minutos después de las 14:00 h. Originalmente convocada para las 10:00 h, se pospuso para las 11:00 h y comenzó pasadas las 12:00 h debido a un nuevo aplazamiento solicitado por Forza Italia. Como era de esperar, el Consejo de Ministros estuvo precedido por una reunión entre el Presidente del Gobierno, la Guardiana de los Sellos Marta Cartabia y los jefes de delegación de las fuerzas mayoritarias, para desatar los nudos de la reforma del órgano autónomo del poder judicial.

Draghi: no hay fe en la reforma, es necesaria la participación de los partidos políticos

“Hubo un intercambio de reformas y delineación de áreas con diferentes puntos de vista y un compromiso de trabajar con los líderes de los grupos para tener la máxima prioridad en el parlamento al elegir el nuevo CSM”. Así lo hizo el primer ministro, Mario Draghi, durante una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, quien subrayó la necesidad de la plena implicación de las fuerzas políticas. De ahí la decisión de no plantear la cuestión de la confianza. “Es una medida de tal importancia que es necesaria esta apertura”, concluyó Draghi, y añadió que existía el compromiso “de todos los ministros de apoyar esta reforma con sus propios partidos”.

Proyecto de reforma: los políticos electos ya no serán jueces

Para los magistrados electos, no hay compromiso de hacer retroceder el reloj. El proyecto de reforma del CSM y del poder judicial en la mesa del Consejo de Ministros prevé que “los jueces que hayan ocupado cargos electivos de cualquier tipo o funciones gubernamentales (entre parlamentarios nacionales y europeos, consejeros y presidente de consejos regionales, hasta concejal municipal y a alcalde) al término de su mandato, ya no pueden volver a ejercer ninguna función judicial”

Los magistrados ordinarios son separados del ministerio al que pertenecen. Los magistrados administrativos y contables “a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, o estén destinados a realizar actividades que no sean directamente judiciales, de juicio o acusación”.

Proyecto de reforma: más cargos políticos sin renunciar a la toga

No sólo. El proyecto de reforma introduce la prohibición de ejercer las funciones de juez o fiscal mientras se ejerzan funciones electivas y gubernativas, incluso en territorio diferente. Prohibición que se aplica a los cargos electivos nacionales y locales, así como a los cargos gubernamentales en todos los niveles. La norma había sido anunciada por el ministro Cartabia en los últimos meses durante la apertura de un debate sobre el caso de Catello Maresca, concejal de Nápoles y al mismo tiempo juez en Campobasso.

Alita Caraballo

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